jueves, 16 de abril de 2009

"Si las tarifas no cubren el precio de la energía el sistema sería inviable"

El 27 de julio de 2007 se aprobó el Real Decreto 1068 por el que se regula la puesta en marcha del Suministro de Último Recurso en el Sector del Gas Natural. Y el Real Decreto 1068 por el que se regirá el Suministro de Último Recurso de la Electricidad está a punto de publicarse y entra en vigor el próximo 1 de julio. En ambos casos el suministro a tarifa deja de formar parte de la actividad de distribución para empezar a ser ejercido por los comercializadores en libre competencia, siendo los consumidores los que elegirán a su suministrador.

Para conocer las novedades y analizar el marco regulatorio del sector, Unidad Editorial Conferencias y Formación ha organizado la conferencia 'Suministro de Último Recurso en el Sector de la Electricidad y del Gas Natural', que se celebrará el próximo 23 de abril de 2009 en Madrid.

Como adelanto, el director de Regulación de UNESA, Alberto Bañón, explica el papel de asesoría y supervisión de la Comisión Nacional de la Energía en la fijación de la tarifa de último recurso, que según expone "es la encargada de elaborar una propuesta concreta para revisar, al menos semestralmente, el coste de producción de energía eléctrica incluido en la TUR". Sin embargo, Bañón señala que "el establecimiento de las tarifas de último recurso es responsabilidad del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio".

Así lo ratifica José Antonio Guillén, director de Servicios de Regulación de Gas Natural, cuando aclara que "la CNE es un órgano consultivo y sus informes no son vinculantes para el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio". Por lo tanto, "el ministerio, una vez conocidos los informes de asesoría realizados por la CNE, puede proceder como considere oportuno", puntualiza.

"El ministerio, una vez conocidos los informes de asesoría realizados por la CNE, puede proceder como considere oportuno", explica Guillén.

Sobre el impacto que pueda provocar la operación y gestión del sistema eléctrico-gasista del Suministro de Último Recurso, Miguel Ángel Muro, jefe del departamento de Liquidaciones de Red Eléctrica Española, apunta que "no se espera ningún impacto respecto a la situación actual" porque "es el mismo que pueda tener cualquier otro comercializador normal y que puede valorarse en lo correcta que sea su previsión de demanda programada en el mercado".

"Si las tarifas fueran insuficientes los Comercializadores de Último Recurso tendrían que hacer frente a esa insuficiencia con su cuenta y eso sería inviable", apunta Bañón.

Sin embargo, Alberto Bañón asegura que "si las tarifas fueran insuficientes en lo que respecta al precio de la energía, si habría un fuerte impacto en la gestión del sistema, ya que uno de los cambios más importantes es que los Comercializadores de Último Recurso (CUR) tendrían que hacer frente a esa insuficiencia con su cuenta y eso sería inviable".

En cuanto al papel de los CUR en materia de la demanda, programación y mecanismos para la cobertura de los balances, los conferenciantes coinciden en que es el mismo que el de un comercializador normal, "salvo la posibilidad de que tuviese que aprovisionarse, en parte o todo de forma regulada", puntualiza Bañón.

Sobre la naturaleza, composición y funciones de la Oficina de Cambios de Suministrador, José María Saez, presidente de dicha oficina, explica que "es una entidad mercantil, cuyo objeto social exclusivo es la supervisión de los cambios de suministrador en los sectores eléctricos y de gas".
Además, añade que "está constituida por los comercializadores y distribuidores de gas y electricidad, y que su actividad está regulada por la ley, concretamente por las leyes del Sector Eléctrico y del Sector de Hidrocarburos, reportando a la CNE".

La Oficina de Cambios de Suministrador "supervisará que los cambios de suministrador se realicen sin dificultad y donde haya conflicto buscará consensos promoviendo mejoras", declara Bobes.

Ramón Andrés Bobes, responsable de Estudios de Hc Energía, explica sobre este mismo tema que la Oficina de Cambios de Suministrador tiene el "objetivo de facilitar el cambio de suministrador entre agentes y transmitir confianza en las reglas de mercado". "Por tanto, supervisará que los cambios de suministrador se realicen sin dificultad y donde haya conflicto buscará consensos promoviendo mejoras", puntualiza.

Por último, en cuanto a cómo ha afectado el Suministro de Último Recurso a la comercialización de la electricidad y el gas Bobes explica que "en el caso de la electricidad está por ver", ya que hasta el próximo 1 de julio no entra en vigor. Pero para el gas, apunta que "desapareció la tarifa regulada, apareció la TUR en julio de 2008 y supuso una aceleración de la comercialización". Los datos indican que a finales de 2008 sólo quedaba un 6,5% del total de la energía en la TUR, aunque hay que indicar que esto supone un 50% del total de los suministros de gas.

Fuente: expansion.com

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